El Plan anual es un documento fundamental que debe confeccionar el Equipo directivo del centro con las aportaciones del profesorado. Debe ser aprobado en sesión de Consejo de Centro antes del 15 de noviembre de cada curso. Seguidamente debe subirse a su apartado correspondiente en Séneca. Según el Decreto de Ed. Permanente 196/2005 el Plan anual de Centro contará, al menos, con los siguientes apartados:
e) Programación de las actividades complementarias y de extensión cultural.
f) Programación de la acción tutorial y de las actividades de orientación pedagógica y profesional.
g) Concreción de la coordinación con los Centros incluidos en su red de aprendizaje permanente y, en su caso, con el Instituto Provincial de Formación de Adultos.
h) Concreción de la coordinación con otros organismos e instituciones de su entorno que impartan enseñanzas para personas adultas.
i) Programación de las actividades de formación del profesorado.
j) Medidas que favorezcan el interés por la educación permanente de la población del entorno del Centro y sus Secciones.
k) Previsión de acuerdos de colaboración con otros organismos e instituciones.
l) Plan de reuniones de los órganos de gobierno, de participación y gestión, y de coordinación.
m) Plan de Autoprotección del Centro.
n) Estrategias y procedimiento para realizar el seguimiento y la evaluación del Plan Anual de Centro.